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La AFIP extendió hasta el 31 de diciembre de 2021 el plazo para que los responsables inscriptos en el IVA adecúen sus sistemas de facturación de forma que puedan emitir comprobantes “A” a los monotributistas. De esta manera, se permite que mientras se avance con el proceso de adaptación de los sistemas de facturación, los responsables Inscriptos en IVA emitan facturas tipo A a los monotributistas, identificandolos como responsables inscriptos, pero incorporando al comprobante la leyenda “Receptor del comprobante - Responsable Monotributo”.
Es decir, no se prorroga la obligatoriedad de que se emitan facturas A a los monotributistas a partir del 1° de julio; sino que se permite que mientras los sistemas se adapten, la factura se emita considerando una condición del cliente diferente, siempre que luego se incorpore la leyenda (ya sea mediante un sello o un adhesivo) que corrija la condición a la correcta del receptor.
Dichos comprobantes permitirán a los pequeños contribuyentes que se conviertan en autónomos contar con crédito fiscal que amortiguará su carga tributaria al cambiar de régimen, tal como prevé la Ley de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes.
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